Jubilaciones y PAMI: ¿puedo conservar mi obra social cuando me jubilo?

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Una incógnita presente en los trabajadores cuando se jubilan es, si pueden o no, conservar sus obras sociales. Enterate más.

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Al momento de tramitar la jubilación, suele aparecer la duda de si se puede o no conservar la obra social que se tiene hasta el momento. Esta inquietud podría aparecer, fundamentalmente, para aquellos trabajadores que pretendan seguir atendiéndose con sus médicos de siempre y no quieran pasarse a PAMI.

Jubilados: ¿puedo conservar mi obra social?

La respuesta es que sí, se puede. Es posible conservar la cobertura de salud tras el retiro, accediendo a las mismas prestaciones, beneficios y teniendo los correspondientes descuentos mensuales.

¿Qué sucede con mi obra social cuando me sale la jubilación?

Al momento de «ser aprobada» tu jubilación en sí, automáticamente se te iniciará el trámite para pasarte a PAMI. En caso de que quieras mantener tu obra social al jubilarte, tendrás que especificarlo a tu prestador de salud actual antes de que se cierren los trámite de jubilación, para iniciar las gestiones necesarias para la continuidad.

Tus aportes de obra social que pasan a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y que de ahí van al PAMI, pueden regresar a tu obra social.

En caso de que tu deseo sea mantener tu obra social de siempre, es importante que tengas en cuenta que las obras sociales no están obligadas a hacerlo, pero hay obras sociales que le dan ese beneficios a las personas que fueron afiliadas durante muchos años y se jubilan después.

En caso de que tu obra social se niegue a conservarte como afiliado, lo que se puede hacer es presentar amparos judiciales u otros recursos legales para implorarle a la institución tu pretensión de seguir afiliado.

Si ya acepté pasar a PAMI, ¿pierdo la afiliación a mi obra social?

Si ya te afiliaste a PAMI en forma personal, completando el trámite correspondiente, no podrás dar marcha atrás hasta cumplir al menos un año como afiliado de la prestación social del Estado.

Si tengo PAMI, ¿puedo cambiarme a otra obra social?

Si tenés PAMI podés cambiar, a partir del año cumplido, a otra obra social que figure en el listado para jubilados.

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